Master/Licenciatura en Teología – Historia de la Iglesia

Presentación

Este ciclo llamado de licenciatura o Máster en Teología ofrece una especialización en diversas materias teológicas introduciendo al alumno en el uso del método científico. Su duración es de dos años.

El Instituto Superior de Estudios Teológicos San Ildefonso, agregado a la Facultad de Teología de la Universidad eclesiástica San Dámaso de Madrid ofrece la Licenciatura o Máster en Historia de la Iglesia y Teología Fundamental.

Historia de la Iglesia

La Licenciatura en Teología, especialización en Historia de la Iglesia brinda una formación especializada en Teología -desde una perspectiva histórica – y en la Historia de la Iglesia, con particular referencia a España. La Archidiócesis de Toledo, en virtud de su extraordinario patrimonio histórico (archivos y bibliotecas) y artístico, reúne condiciones únicas para la investigación científica en este campo.

La Historia de la Iglesia, como verdadera disciplina teológica, podrá ser estudiada según una doble orientación: histórica (personajes y acontecimientos en su momento histórico) y teológica (desarrollo histórico de la teología y su función en la comprensión del sentido de la Historia).

Destinatarios

Podrán acceder a ambos bienios aquellos alumnos que cumplan los requisitos establecidos de comunión eclesial y competencia académica. La comunión eclesial implica vivir en situación canónica regular y poseer la autorización escrita del Ordinario o Superior General para acceder al segundo ciclo de estudios teológicos. La competencia académica implica haber completado el primer ciclo de los estudios teológicos con el título de Bachiller en Teología.

Carga lectiva

Los bienios de Máster/Licenciatura tienen 120 ects1. Para completar los créditos será necesario:

  • Cursar como mínimo 68 ects del Bienio
  • 12 ects de asignaturas de otros bienios (o del mismo) o cursos reconocidos por el
  • Elaborar un trabajo de investigación con un valor de 40 ects.

Para iniciar el ciclo de Licenciatura es preciso haber obtenido el título de Bachiller en Teología.

Los trámites para la matrícula son los siguientes:

  1. Entrevista con el Director.
  2. Tras revisar el expediente, realizar la matrícula en los plazos.

La matrícula deberá formalizarse en las fechas señaladas en el calendario fijado por la Secretaría de Alumnos.

Los alumnos pueden matricularse como alumnos ordinarios, extraordinarios y oyentes.

Los alumnos no podrán realizar ningún examen con valor académico antes de haber formalizado la matrícula.

La formalización de la matrícula requiere que todos los alumnos presenten debidamente cumplimentados todos los impresos y demás documentos; en caso contrario, la Secretaría dejará en suspenso la matrícula, incluidas las consecuencias económicas que de ello se deriven.

Deben presentar:

  • Fotocopia del DNI, tarjeta de residencia o Pasaporte.
  • Solicitud de matrícula en el impreso facilitado por Secretaría.
  • Comprobante del pago.
  • Si pertenece a un Instituto Religioso o es seminarista, autorización para matricularse expedida por el Rector o Superior correspondiente.
  • Si no tiene carnet de alumno, una fotografía.

Para los nuevos:

  • Fotocopia del DNI o pasaporte.
  • Certificado de estudios realizados (acceso a la Universidad, título universitario…).
  • Dos fotografías: una pegada en el carnet.
  • Autorización del Ordinario o del Rector del Seminario o del Centro de Formación Sacerdotal.

Cuando un alumno solicite que el Instituto Teológico “San Ildefonso” le convalide estudios realizados en otro centro, deberá rellenar la solicitud de convalidación que podrán conseguir en Secretaría y que entregará junto con la matriculación.

En ese impreso se debe pedir la convalidación de aquellas asignaturas del plan de estudios del Instituto Teológico que –a juicio del alumno– coinciden con las que ya ha cursado en otros Centros. Deberá indicar en cada caso la asignatura que solicita convalidar en este Instituto y la que presenta de otro Centro, especificando los créditos correspondientes.

Se debe incluir en la solicitud un certificado completo de las asignaturas que ha cursado. El certificado debe ser oficial –o fotocopia compulsada– y en él se deben reflejar los créditos de las mismas.

Así mismo, deberá adjuntar en la documentación el programa – debidamente autentificado– de la asignatura realizada.

  1. Cuando el Centro de Estudios de origen sea eclesiástico y no sea español, se deberá entregar también un certificado de la Conferencia Episcopal –o equivalente– de tal país acreditando el rango académico de dicho Centro.
  2. La matrícula en este Instituto habrá de realizarse en el plazo indicado para todos los alumnos con independencia de la resolución de las convalidaciones. El alumno no habrá de matricularse en las asignaturas de las que ha solicitado convalidación. En caso de que alguna de ellas no fuese convalidada por la Comisión de Convalidaciones, el alumno podrá ampliar la matrícula posteriormente en un plazo no superior a una semana a partir de la publicación de la resolución de las convalidaciones.
  3.  La Comisión de Convalidaciones se regirá por las siguientes normas:
    • Sólo serán admitidas las solicitudes debidamente cumplimentadas y que aporten la documentación requerida.
    • Sólo serán susceptibles de ser convalidados los estudios de rango universitario.
    • Cuando una asignatura está integrada por varias unidades temáticas claramente diferenciadas, éstas podrán ser convalidadas por separado. En cambio, no podrá convalidarse nunca sólo una parte de una unidad temática.
    • El número de créditos exigido para la convalidación de una asignatura ha de ser al menos ¾ de la carga lectiva que su correspondiente posee en el Instituto.

 

A todos los alumnos les asiste el derecho de participar en el Claustro de Profesores y en la Junta, a través de sus delegados, presentar sugerencias y formular quejas ante las autoridades del Instituto, a recibir una adecuada enseñanza a tenor de la programación del Instituto y al uso de la Biblioteca; así como están obligados a observar una conducta que facilite la actividad docente, a asistir a las clases y a los actos académicos generales del Instituto.

En el primer trimestre del curso, el Sr. Director convocará elecciones. Los alumnos elegirán, de entre los alumnos ordinarios, sus propios delegados:

  • Uno por curso, elegido por todos los alumnos del curso correspondiente.
  • Dos por el ciclo institucional, elegidos unos entre los delegados de los tres primeros cursos y por ellos mismos, otro entre los delegados de los tres últimos cursos y por ellos mismos; y uno por los delegados del ciclo de Licenciatura y por ellos mismos, que formarán parte del Claustro Académico.
  • Un delegado elegido de entre los delegados de claustro y por ellos mismos para la Junta del Instituto.

La asistencia a clase es obligatoria. Exceder en una materia el límite máximo tolerado de ausencias (un tercio de clases o sesiones de Seminarios) impide la admisión a las correspondientes pruebas de evaluación.

En casos excepcionales, la Comisión de Dirección podrá eximir en todo o en parte, de la escolaridad de alguna asignatura. La exención total o parcial debe solicitarse, junto con la matrícula, en Secretaría y lleva consigo el cumplimiento de las exigencias correspondientes.

La asistencia a los actos académicos que apruebe la Junta de Gobierno se considera también obligatoria.

Todos los alumnos se comprometen a dedicar un tiempo suficiente al estudio personal, que incluye consultas de bibliografía, lecturas dirigidas, redacción de síntesis y, eventualmente, sesiones de trabajo fuera del horario académico habitual.

Todo alumno dispondrá de dos convocatorias ordinarias de examen para cada asignatura del sexenio en Teología y del Bienio de Licenciatura.

  • La no presentación a un examen conlleva agotar dicha convocatoria.
  • Todo alumno podrá anular la convocatoria, por causa grave a juicio del Rector o Superior del Seminario o casa de formación donde resida solicitándolo oficialmente a la secretaría de la Instituto. En caso de no residir en ningún cen tro de este tipo, con el visto bueno del Director del Instituto. Cada anulación afectará únicamente a una convocatoria.
  • Los plazos para la anulación de convocatoria serán anunciados oficialmente en el tablón de anuncios de la Secretaría.
  • La anulación de convocatoria no conlleva la devolución de las tasas.
  • Los alumnos que no figuren en los listados oficiales, o los que sean oyentes, o los que no hayan cursado la escolaridad mínima, no podrán ser admitidos a examen.
  • En el bienio de licenciatura no podrán anularse convocatorias, salvo dispensa del Presidente.

Agotadas las dos convocatorias, el alumno podrá presentarse a una tercera convocatoria extraordinaria durante el curso académico siguiente, abonando las tasas correspondientes.

  • En caso de que el alumno no apruebe ninguna de las tres convocatorias el alumno podrá solicitar oficialmente al Director del Instituto una cuarta y, en su caso, una quinta convocatoria, para las que se habrán de abonar en cada caso las tasas correspondientes. El Alumno podrá pedir al Director, en este caso, que lo examine un tribunal. En ese caso, la Comisión de Dirección determinará los miembros que componen el mencionado tribunal.
    Los exámenes se realizarán en las fechas anunciadas públicamente por la Secretaría del Instituto, al menos un mes antes, y dentro de los plazos aprobados previamente por la Comisión de Dirección.

    En caso de que, por causas justificadas, un alumno no pueda realizar, por causa grave, el examen en la fecha anunciada, solicitará por escrito a la Secretaría el cambio de fecha con, al menos, veinte días naturales de antelación antes del comienzo del primer día de examen. Si se aceptara dicha petición, la nueva fecha será fijada por la secretaría antes del comienzo de los exámenes.
  • Los profesores por propia iniciativa, salvo expresa aprobación del Director, no podrán convocar un examen fuera del plazo oficial, exceptuando los exámenes parciales que pueda poner.

Los profesores están obligados a asistir personalmente al examen. Aquellos que, por causa grave y con el visto bueno del Director, no puedan asistir a la realización de su examen lo comunicarán oficialmente a la Secretaría con, al menos, quince días de antelación, junto con el nombre del profesor sustituto.

Los exámenes del sexenio teológico en la primera convocatoria serán orales o escritos, y en las restantes convocatorias, escritos, a menos que el alumno que, por razones objetivas, solicite al Sr. Director del Instituto la celebración oral de un examen escrito. La Comisión de dirección establecerá las asignaturas que tienen exámenes orales y las que lo tienen escrito.

Para los exámenes orales se formara un tribunal de dos profesores que pertenecerán, si es posible, al mismo departamento de la asignatura examinada. Lo presidirá el profesor de la asignatura. El alumno tendrá un máximo de quince minutos para desarrollar el tema que le ha tocado exponer y contestar a las preguntas de los profesores. La calificación global se hará entre los dos miembros del tribunal: el profesor titular pondrá una nota con un valor del 60%, teniendo «en cuenta los exámenes parciales, el aprovechamiento global del curso y todos aquellos elementos que permitan una evaluación continuada»; y el profesor acompañante juzgará la exposición oral en forma y contenido.
Para los exámenes escritos los alumnos dispondrán de un tiempo máximo de dos horas.

Los alumnos se examinarán en los exámenes finales de todo el contenido de la asignatura.

Las calificaciones de los exámenes se expresarán en actas oficiales, entre 0 y 10 (admitiéndose también las fracciones de medio punto): de 0 a 4’5, suspenso; de 5 a 6’5, aprobado; de 7 a 8’5, notable, de 9 a 10, sobresaliente. En caso de examen brillante el 10 puede ser Matrícula de Honor.
Los profesores deberán entregar las notas en la secretaría dentro de las fechas que Secretaría comunique. Una vez entregada el acta, cualquier modificación deberá contar con la firma del Secretario General.

Los alumnos dispondrán de siete días naturales, después de la celebración del examen, para presentar recurso en caso de que hayan advertido alguna irregularidad en el mismo. Será el Director, en primera instancia, quien resuelva dicho recurso en el plazo de diez días naturales.
Los alumnos podrán solicitar en secretaría la revisión de la nota de su examen por el profesor durante los tres días laborables posteriores a la fecha límite de entrega de notas a la Secretaría.

  • Los profesores deberán conservar los exámenes durante los tres días laborables después de la fecha oficial de entrega de notas por si algún alumno requiriese su revisión.
  • El profesor indicará a la Secretaría del Instituto, junto a su entrega de notas, el día y la hora en la que atenderá las revisiones de notas, o en su defecto, el procedimiento que habrán de seguir los alumnos que lo soliciten.
  • Una vez pasado dicho plazo, los profesores entregarán a la secretaría los exámenes, que serán custodiados hasta la siguiente convocatoria.
    En segunda instancia, si persistiera la disconformidad del alumno, éste podrá recurrir al Director en los tres días hábiles posteriores a la revisión del examen. El Director, oído el profesor y una comisión de profesores por él designados, resolverá definitivamente.

La Licenciatura constituye el Segundo Ciclo de estudios del Instituto Teológico san Ildefonso. Este reglamento desarrolla y completa el artículo 65 y 74 de los Estatutos, donde se hallan las normas básicas sobre la licenciatura.

Requisitos de matriculación. Sólo podrán matricularse en la licenciatura aquellas personas que sean bachilleres en Teología. El Ciclo de Licenciatura tiene una duración de dos años pudiéndose realizar en un máximo de seis, a los que puede añadirse un séptimo año de gracia, previa aprobación por Sr. Director. En caso de superar dicho plazo, el alumno habrá de completar sus estudios con los requisitos que indique la dirección del Instituto.

Cursos de licenciatura. El alumno que se inscriba al Bienio de Licenciatura, seguirá el currículo propio de la especialidad de Teología (Historia de la Iglesia o Teología Fundamental); pero podrá configurar libremente las asignaturas optativas con asignaturas del Bienio distinto al que ha escogido, o de otras especialidades que se imparten en la Facultad de Teología de la Universidad Eclesiástica San Dámaso, siempre y cuando los horarios lo permitan. No están previstas dispensas de escolaridad.

La Comisión de Dirección determinará cuál es el plan de asignaturas y cursillos del Bienio y cuáles de éstas son obligatorias y cuáles optativas.

La asistencia a Congresos, Semanas de Teología y otras actividades análogas, podrá recibir valor académico a juicio de la Comisión de Dirección y ser tenida en cuenta para el currículo personal.

Inscripción del tema de Memoria y Director de la misma. Como trabajo final de ciclo, el alumno elaborará una Tesina, dirigida por alguno de los profesores del Instituto Teológico o por algún profesor Estable de Facultad de Teología de la Universidad Eclesiástica San Dámaso, según el reglamento del profesorado, y en la que presentará un tema según la metodología científica.

Memoria se hará en forma de un trabajo escrito de carácter monográfico donde se demuestre las aptitudes y preparación metodológica del alumno para la investigación teológica.

En el mismo momento de la matrícula, o durante la Licenciatura, deberá hacerse la solicitud del tema de tesina, así como la propuesta de Director para la misma. Dicha solicitud deberá ser aprobada por el Director.

Entre la inscripción del tema de la memoria de Licenciatura y su entrega oficial para la defensa, debe mediar un plazo mínimo de un año. El límite máximo de este plazo es de cinco años, prorrogable por otro más, previa solicitud al Director.

Para realizar esta inscripción es preceptiva la aprobación del Director de la tesina.

Los alumnos elegirán libremente a un profesor de nuestro Instituto Teológico o de la Facultad de Teología de la Universidad Eclesiástica San Dámaso como Director de dicho trabajo; si el Director no fuera un profesor del Instituto o de la Facultad se asignaría un tutor de la memoria por parte del Instituto antes de comenzar dicho trabajo. El Director –y, en su caso, el tutor– está obligado a asistir al alumno en todos los estadios de la elaboración de la Memoria de Licenciatura.

Una vez entregados 5 ejemplares de la Tesina en Secretaría, una con el visto bueno del Director de la misma, y formalizada la matrícula para la defensa, el Director del Instituto asignará un profesor como Censor de la Memoria de Licenciatura que habrá de conocer y valorar como apto o no apto dicho trabajo antes de su presentación al examen. Este dictamen por parte del Censor se realizará por escrito, quince días después de recibirla.

En caso de ser juzgada no apta por el Censor, el alumno corregirá la Memoria atendiendo a las indicaciones que se le hayan hecho. Si por segunda vez la Memoria es calificada como no apta, se nombrará un segundo Censor que confirme o, en su caso, admita la Memoria a examen.

La defensa de la Tesina tendrá una duración de 60 minutos, de los cuales el alumno expone su trabajo en 20 o 25 minutos, y, a continuación, el tribunal iniciará un debate con el alumno. Además del Director de la tesina, el Censor y el Presidente del Tribunal, nombrado por el Director del Instituto, el Tutor podrá estar presente en el examen y en la deliberación de su calificación, con voz y sin voto.

Las calificación de la Tesina: el Tribunal juzgará la calidad del trabajo presentado, así como la exposición y la defensa del mismo, dando una calificación diferente para cada uno de los dos aspectos: el trabajo realizado, por un lado, y la exposición y defensa del mismo, por otro.

Las actas firmadas por el Tribunal reflejarán las calificaciones oportunas y deben entregarse en Secretaría.

La nota final de la Tesina se obtendrá de la suma de los siguientes porcentajes: nota del expediente 40%, nota de la Defensa 10%, valoración del trabajo de la Tesina por el Director 25%, valoración del Trabajo de Tesina por el Censor 25%.

El Instituto Teológico San Ildefonso ofrece para el presente Curso Académico clases complementarias de idioma moderno y música para sus alumnos.

IDIOMAS

Se ofertan los idiomas de inglés e italiano en todos los niveles. Los grupos son reducidos, de no más de diez alumnos, para garantizar una atención personalizada y, por tanto, un mejor aprendizaje.

MÚSICA

Se imparten música y música litúrgica para completar la formación de los futuros sacerdotes. Las clases se imparten dos días a la semana, en horario de 13:15h a 14:00h.

TASAS DE MATRÍCULA

Bachillerato en Teología

Curso completo: 995,00 €
Asignaturas sueltas: 28,00 €/ects
Complemento clases de idioma extranjero: 150,00 €

Bachillerato en Ciencias Religiosas

Curso completo: 995,00 €
Asignaturas sueltas: 28,00 €/ects
Asignaturas sueltas (oyente): 14,00 €/ects

Licenciatura en Teología

Curso completo: 1.060,00 €
Asignaturas sueltas: 50,00 €/ects

Licenciatura en Ciencias Religiosas

Curso completo: 995,00 €
Asignaturas sueltas: 28,00 €/ects
Asignaturas sueltas (oyente): 14,00 €/ects
Descuentos
Por cada MH en el curso anterior: 65,00 €
Por una media de MH en E. Secundaria (Bachillerato): 650,00 €

TASAS DE EXÁMENES

Examen extraordinario (3ª, 4ª y 5ª convocatorias): 30,00 €
Examen de Grado: Bachillerato: 230,00 €
Examen de Grado: Licenciatura: 485,00 €

DERECHOS DE CONVALIDACIÓN

Bachillerato: 2,00 €/ects
Licenciatura: 4,00 €/ects
Máximo: 310,00 €

CERTIFICADOS

De notas completo (expedientes anteriores a 2002): 30,00 €
De notas completo (expedientes posteriores a 2002): 25,00 €
Otros: 20,00 €

OTRAS TASAS

Prueba de Acceso a la Universidad (UESD): 202,00 €
Apertura de expediente (UESD): 95,00 €
Expedición de Título: Bachillerato (UESD): 115,10 €
Expedición de Título: Licenciatura (UESD): 173,70 €
Suplemento Europeo al Título (SET): 50,00 €